Fraude interno, filtración de datos, denuncia en el canal de ética: lo que su empresa hace en las primeras horas define lo que logra probar después.
El guion se repite en casi todo caso corporativo que llega al laboratorio. Surge una denuncia, y la empresa, queriendo apenas verificar si procede, pide al área de tecnología que inspeccione la computadora del empleado. En otros casos, el colaborador es apartado o despedido de inmediato, y el equipo va directo al mismo análisis interno. La intención es legítima; el método, desastroso.
Como el área de TI no domina las consecuencias de un peritaje informático, el dispositivo se enciende y se navega, se crean cuentas nuevas en la máquina, se cambian contraseñas del usuario para dar acceso al entorno y comprobar qué había en el escritorio, qué sitios se visitaban, qué se hizo el día al que se refiere la denuncia. Cada uno de esos gestos altera artefactos y sobrescribe vestigios. El material que probaría la conducta deja de servir como prueba, justamente por haber sido examinado.
Los casos civiles y laborales con esa marca son incontables en la práctica pericial: el colaborador despedido con justa causa demanda la reversión, la evidencia se presenta, y el examen constata que computadora y celular fueron manipulados después de la desvinculación. Las instituciones financieras viven el mismo drama a escala: la urgencia de averiguar al insider o el fraude interno compromete la evidencia, y la conducta real queda demostrable internamente, pero indemostrable en el expediente.
Una advertencia específica para políticas de BYOD (uso de dispositivo personal): cuando ocurre el incidente, la empresa quiere peritar el aparato del colaborador, pero el equipo es propiedad de él. Sin cláusula previa en la política de uso que prevea la posibilidad de auditar el dispositivo personal en caso de necesidad comprobada, el examen sencillamente no puede ocurrir. La hora de escribir esa cláusula es antes del incidente.
EscenariosLa averiguación sin método forense contamina la prueba e inviabiliza la responsabilización. La investigación con cadena de custodia produce evidencias que sostienen el despido con justa causa, la acción de reparación y la comunicación a las autoridades.
El desvío de conducta que deriva en competencia desleal: colaboradores que pasan información confidencial, carteras de clientes, proyectos y secretos de negocio. El peritaje demuestra la filtración, la autoría y el destino de la información.
Cada hora sin preservación de evidencias es prueba que se pierde. La respuesta combina contención técnicamente orientada y recolección forense inmediata, para que la empresa salga del incidente con hechos, no con suposiciones.
La justa causa fundamentada en peritaje resiste en la Justicia del Trabajo. Sin dictamen, la reversión es la regla; con prueba técnica íntegra, la decisión de la empresa se sostiene.
Averiguación imparcial de denuncias del canal de ética, respuesta a incidentes de datos bajo la LGPD (ley brasileña de protección de datos) e investigaciones internas documentadas, con informe que fundamenta decisiones administrativas y regulatorias.
Proyectos entregados fuera de lo contratado, sistemas que no funcionan, implantaciones fracasadas: el análisis técnico establece qué se contrató, qué se entregó y de quién es la responsabilidad.
Del código fuente apropiado por excolaboradores a la defensa ante notificaciones de falsificación de software: el peritaje compara, cuantifica y fundamenta la posición de la empresa.
Fraudes en boletos, terminales de pago, transacciones y conciliaciones: el peritaje reconstruye el flujo del fraude e identifica dónde se comprometió la seguridad.
Plazos del CPC (Código Procesal Civil brasileño), lista de verificación de preservación de la prueba digital y las reglas de oro de los puntos de pericia. Descárguela y úsela en el próximo caso.
El trabajo pericial para la empresa consultante camina siempre junto a la estrategia técnico-jurídica del departamento jurídico o del abogado contratado. El peritaje no sustituye la tesis: la sostiene con hechos comprobados.
Qué recibe su empresaAntes de confrontar, preserve. La primera medida correcta vale más que diez medidas después.

Cada hora sin preservación es prueba que se pierde. Los casos con incidente activo tienen prioridad: primera respuesta en hasta 1 hora, en horario comercial.
Con el gran volumen de nuevas inscripciones en los sistemas de los tribunales, no todo perito designado está apto para peritajes de alta complejidad. Cuando el profesional comete un error grave y nadie lo identifica a tiempo, el error se transforma en decisión judicial: el juzgado es inducido a una comprensión equivocada de la situación.
En el extremo opuesto, cuando el perito designado es altamente habilitado, los puntos de pericia precisos y técnicos se vuelven aún más valiosos: el profesional experimentado profundiza hasta responder cada punto con total seguridad, porque sabe que no puede equivocarse. Un dictamen homologado con error puede caracterizar falso peritaje, con responsabilización civil y penal del profesional.
Y está el escenario más frustrante: la parte percibe el error del perito, pero no tiene asistente técnico, y el momento pasa. En fase de recurso ya no hay peritaje, y revertir la decisión para producir prueba nueva es extremadamente difícil. Por eso el momento correcto de traer al asistente técnico es el inicio: indicado en el plazo del CPC, art. 465, § 1º, acompaña el trabajo desde la designación del perito, y cada falla se señala mientras todavía puede corregirse: dentro del peritaje, y no en la apelación.
Al asistente técnico le toca garantizar que ningún error pase inadvertido, y que ningún acierto pase sin registro.
Algunos de esos casos están relatados de forma anonimizada y con el secreto íntegramente preservado. Quizá usted se reconozca en alguno de ellos.